| Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. DEFENSA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS. | 25/03/2008 |
Se puede acceder al texto íntegro de la indicada norma mediante el siguiente link: http://civil.udg.es/NORMACIVIL/estatal/contract/RDL1-07.htm#a02 |
|
| Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre. SEGURIDAD GENERAL PRODUCTOS. | 10/03/2008 |
Se puede acceder al texto íntegro de la indicada norma mediante el siguiente link: http://www.mtas.es/Insht/Legislation/RD/seg_prod.htm |
|
| Real Decreto 363/1995, de 10 de Marzo de 1995. ENVASADO y ETIQUETAJE | 10/03/2008 |
Se puede acceder al texto íntegro de la indicada norma mediante el siguiente link: http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/etiquetado.htm |
|
Reglamento particular de AENOR para los decapantes |
05/01/2007 |
Este Reglamento Particular describe, en cumplimiento del apartado
3.2 del Reglamento General para la certificación de Productos y
Servicios, en adelante el Reglamento General, el sistema
particular de certificación para fundentes para soldeo blando
utilizado en equipos e instalaciones de agua potable, calefacción
e instalaciones de gas a baja presión.
El Reglamento General citado prevalece en todo caso sobre este
Reglamento Particular.
La Marca AENOR para fundentes para soldeo blando utilizado en
equipos e instalaciones de agua potable, calefacción e
instalaciones de gas a baja presión, en adelante la Marca, es una
marca de conformidad de este producto con la norma UNE-EN ISO
9454-2 y con los requisitos adicionales contenidos en este
reglamento, para los siguientes tipos de fundentes (ver tablas 2 y
3 de la norma):
- 2.1.2. Tipo orgánico con base hidrosoluble activado con
haluro.
- 3.1.1. Tipo inorgánico con base sales y activado con cloruro
de amonio
- 3.1.2. Tipo inorgánico con base sales y activado sin cloruro
de amonio
Si se certifica un tipo de los anteriores, la certificación deberá
cubrir toda la producción de ese tipo (no se podrá comercializar
el mismo tipo con y sin Marca AENOR). |
|
Reglamento Particular de AENOR para las aleaciones de estaño |
05/01/2007 |
El pasado 2 de MArzo de 2006 AENOR aprobó el Reglamento Particular 04.06 por el cual se establece las aleaciones de soldadura blanda aptas para las instalaciones de agua potable, calefacción e instalaciones de gas a baja presión así como, los sistemas de calidad y control que deben seguir las empresas para garantizarlo.
Dichas aleaciones deben cumplir la norma UNE-EN29453.
Las aleaciones aptas para estas instalaciones son:
- Aleación nº24 Sn97Cu3
- Aleación nº29 Sn97Ag3
- Aleación nº28 Sn96Ag4
También se especifica la información mínima que debe constar en la etiqueta del producto:
- Nombre comercial o del fabricante.
- Nº de aleación o designación.
- Nº de Lote de Fabricación.
- Peso neto de producto.
Con este reglamento se garantiza la idoniedad del producto para su uso contra los productos existentes en el mercado de dudosa calidad.
|
|